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La medida fue anunciada hace semanas pero recién hace unos días es que la autoridad informó cómo se aplicará el procedimiento para postergar y dividir hasta en 12 cuotas el IVA importador.

Así, el Servicio Nacional de Aduanas indicó varios puntos principales para tener en cuenta, además de la nomenclatura que se usará en la documentación que le permita obtener este beneficio.


  • El SII emitirá un listado de contribuyentes susceptibles a acogerse al beneficio. Si el contribuyente no está contenido en dicho listado, la declaración de importación con forma de "pago IVA diferido", no será aceptada a trámite por el Servicio de Aduanas.

  • Para acceder a este beneficio, los contribuyentes solo podrán diferir el total de IVA de la operación de importación, en la cantidad de cuotas que corresponda a su clasificación, esto es 12 o 6 cuotas.

  • Para efectos del pago de IVA en forma diferida, el SII girará los montos correspondientes a cada una de las cuotas diferidas, de acuerdo al monto de IVA señalado en el código de cuenta 700 de la declaración.

  • Esta forma de pago del IVA se podrá realizar respecto de todas las declaraciones de importación.

Eso en general porque, en realidad, este beneficio incluye muchas otras consideraciones, aún más específicas.

Por eso, si crees que tu empresa requiere este beneficio, podemos evaluar de manera gratuita su posibilidad de obtenerlo.

Solo Consúltanos.

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Es necesario analizar cuál de los tres anuncios que ha realizado el Gobierno para apoyar a las pequeñas y medianas empresas pueden ser implementados en tu empresa, en este momento complejo provocado por la crisis sanitaria del Coronavirus COVID-19.

Es muy importante realizar una evaluación oportuna para postular y aplicar aquellas medidas que permitan otorgar liquidez a tu empresa a la brevedad posible.


En AMC Financiero evaluamos de manera gratuita todas las opciones para tu compañía, y te apoyamos en su tramitación e implementación.

Medidas Tributarias
  • Suspensión de tres meses de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM).

  • Postergación del IVA de los próximos tres meses para empresas con ventas menores a 350 mil UF, posibilitando su pago en 6 o 12 cuotas mensuales, sin intereses ni multas.

  • Devolución anticipada del impuesto a la Renta a las Pymes, las cuales recibirán su devolución en abril en vez de mayo, permitiendo tener más liquidez a más de 500 mil compañías que tengan ventas por hasta 75 mil UF.

  • Postergación del pago del impuesto a la renta hasta junio 2020 para aquellas pymes que les corresponda pagar.

  • Flexibilidad en convenios de pago para deudas tributarias con la Tesorería General de la República y postergación del pago de contribuciones.


Medidas de Protección al Empleo

La ley de Protección del Empleo ya entró en vigencia y propone tres opciones para los empleadores y trabajadores en esta crisis:

  1. Suspender el contrato de trabajo por acto de la autoridad

  2. Pacto de acuerdo de suspensión del contrato de trabajo.

  3. Pacto de reducción temporal de la jornada horaria de trabajo.

Esta ley beneficia a trabajadores dependientes que cotizan el Seguro de Cesantía, que cumplan los requisitos mínimos de cotizaciones que establece la ley y se encuentren en alguna de las situaciones que permitan las tres opciones descritas anteriormente.

Medidas de Financiamiento

El Gobierno ha puesto a disposición de las Pymes garantías Estatales por US$24 mil millones, a fin de disminuir el riesgo de crédito frente a la Banca y facilitar las condiciones para el otorgamiento crediticio de capital de trabajo a las empresas afectadas por la crisis. Estas empresas deben tener inicio de actividades productivos, cumplir con los requisitos básicos de elegibilidad y tener ventas anuales de hasta 1 millón de UF. Es así como los Bancos se han comprometido a crear un producto masivo con las siguientes características:

  • Montos. Los montos contemplados en la línea de Crédito COVID-19 llegarían al equivalente a 3 meses de venta de la empresa en un periodo normal, tomando como referencia el tramo octubre de 2018 a septiembre de 2019.

  • Plazos. La línea de Crédito COVID-19 tendrá hasta 6 meses de gracia y se podrá pagar en cuotas en un periodo que durará entre 24 y 48 meses.

  • Tasa de interés. La tasa de interés máxima de estos créditos será “0” o incluso negativa, según la evolución de la inflación.

  • Postergación de créditos preexistentes. Las empresas que se suscriban a la línea de crédito COVID-19 verán sus créditos preexistentes postergados por los bancos por al menos 6 meses, para aliviar la carga financiera.

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Debido al Coronavirus Covid-19 es que muchas empresas se han encontrado con dos situaciones imposibles: Por un lado tienen los transtornos propios de no poder ir a su lugar de trabajo o derechamente no poder abrir y, por otro lado, se han encontrado con muchos estímulos, prórrogas y facilidades que no saben cómo recibir.

Porque todo tiene su condición.

Para solucionar esto y salir lo mejor posible de esta crisis te podemos ayudar. Ya lo hacemos con muchos de nuestros clientes.

De esta salimos todos juntos.



Karen Aguilera

AMC Financiero

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